¿Qué es una Licencia de Subdivisión?
Es el acto administrativo mediante el cual el Curador Urbano autoriza la división de uno o más predios en dos o más lotes independientes, en suelo urbano o rural, de conformidad con las normas urbanísticas del POT. (Art. 2.2.6.1.1.3 — Decreto 1077 de 2015).
¿Cuándo debe solicitarla?
- Dividir un predio urbano en dos o más lotes que ya cuentan con redes de servicios públicos.
- Independizar áreas de un lote en suelo rural destinadas a vivienda campestre.
- Separar una porción de terreno de un predio mayor para vendérsela a un tercero.
Modalidades
- Subdivisión urbana: División en suelo urbano en lotes que ya poseen redes de servicios. No se requieren obras de urbanización.
- Subdivisión rural para vivienda campestre: División en suelo suburbano o rural bajo las condiciones del POT.
- Reloteo: Modificación del loteo aprobado de una urbanización.
Condiciones importantes
- Cada lote resultante debe tener frente a vía pública o servidumbre de tránsito.
- Ningún lote puede resultar con área menor a la establecida en el POT.
- En suelo urbano no se puede subdividir si no hay disponibilidad de servicios en cada lote resultante.
Requisitos principales
- Formulario único nacional de solicitud.
- Certificado de tradición y libertad del predio.
- Plano de subdivisión con cuadro de áreas y linderos de cada lote resultante.
- Certificado de disponibilidad de servicios públicos (subdivisión urbana).
Tiempos de respuesta
15 días hábiles para subdivisión simple. 45 días hábiles cuando implique urbanización simultánea.
Base legal
- Ley 388 de 1997 — Art. 99
- Decreto 1077 de 2015 — Art. 2.2.6.1.1.3