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Sitio oficial del Estado colombiano. Función pública delegada · Curadores Urbanos.
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Preguntas Frecuentes

Ley 1712/2014 · Directiva 011/2026 PGN Actualizado: 29 Jun 2026

Preguntas Frecuentes

Respuestas a las consultas más comunes sobre los trámites ante la Curaduría Urbana.

¿Cuándo necesito una licencia de construcción?

Toda obra de construcción, ampliación, modificación, adecuación, reforzamiento, restauración, reconstrucción, cerramiento o demolición requiere licencia previa. La excepción son obras de mantenimiento que no comprometan elementos estructurales ni cambien el uso del inmueble.

¿Qué documentos necesito para solicitar una licencia?

Los documentos básicos son: formulario de solicitud, certificado de tradición y libertad (máx. 30 días de expedido), copia del documento de identidad del solicitante, poder notarial si actúa por apoderado, y planos arquitectónicos y estructurales firmados por profesionales matriculados. La lista varía según el tipo de licencia.

¿Cuánto tiempo tarda el trámite de una licencia?

El Decreto 1077 de 2015 establece plazos máximos desde la radicación completa: licencias de urbanización y construcción: 45 días hábiles; proyectos VIS: 30 días hábiles; licencias de subdivisión: 15 días hábiles.

¿Cuánto cuesta solicitar una licencia?

Las expensas se calculan con base en la tabla de liquidación del MinVivienda, actualizada anualmente. El valor depende del tipo de licencia, el área del proyecto y la tarifa vigente. Consulte la página de Tarifas y Expensas.

¿Puedo construir en un predio sin licencia?

No. Construir sin licencia acarrea multas de hasta 50 SMMLV, demolición obligatoria de lo construido y negación de servicios públicos. Ver Art. 103, Ley 388/97 y Decreto 1077/2015.

¿Qué es el silencio administrativo positivo en licencias?

Si el Curador no resuelve en los plazos legales (45 días hábiles), la licencia se entiende aprobada. El titular debe protocolizarla ante notario, conforme al Art. 2.2.6.1.3.11 del Decreto 1077/2015.

¿Puedo reconocer una construcción antigua sin licencia?

Sí. Edificaciones construidas antes del 28 de julio de 2010 sin licencia pueden acogerse al Reconocimiento de Existencia de Edificación (Ley 1469/2011, Decreto 1203/2017). Se requiere acreditar la fecha de construcción y en casos estructuralmente deficientes, presentar plan de reforzamiento.

¿Cuánto tiempo tiene vigencia mi licencia?

Las licencias de construcción tienen vigencia de 24 meses prorrogables 12 meses más. Las de urbanización tienen vigencia de 36 meses. La prórroga debe solicitarse antes del vencimiento.

¿Qué es el Curador Urbano y qué función cumple?

Es un particular que ejerce función pública delegada por el Estado, encargado del estudio, trámite y expedición de licencias urbanísticas (Art. 101, Ley 388/97). Sus actos tienen el mismo valor que los de una entidad pública.

¿Cómo radico una PQRS ante la Curaduría?

A través del formulario en línea en la sección PQRS. Recibirá un número de radicado y correo de confirmación. La respuesta se da en máximo 15 días hábiles (Ley 1755/2015).

Entidades de referencia y supervisión

MinViviendaMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
SNRSuperintendencia de Notariado y Registro
DANEDepartamento Administrativo Nacional de Estadística
PGNProcuraduría General de la Nación
AlcaldíaAlcaldía de [Municipio]