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Licencia de Subdivisión

¿Qué es una Licencia de Subdivisión?

Es el acto administrativo mediante el cual el Curador Urbano autoriza la división de uno o más predios en dos o más lotes independientes, en suelo urbano o rural, de conformidad con las normas urbanísticas del POT. (Art. 2.2.6.1.1.3 — Decreto 1077 de 2015).

¿Cuándo debe solicitarla?

  • Dividir un predio urbano en dos o más lotes que ya cuentan con redes de servicios públicos.
  • Independizar áreas de un lote en suelo rural destinadas a vivienda campestre.
  • Separar una porción de terreno de un predio mayor para vendérsela a un tercero.

Modalidades

  • Subdivisión urbana: División en suelo urbano en lotes que ya poseen redes de servicios. No se requieren obras de urbanización.
  • Subdivisión rural para vivienda campestre: División en suelo suburbano o rural bajo las condiciones del POT.
  • Reloteo: Modificación del loteo aprobado de una urbanización.

Condiciones importantes

  • Cada lote resultante debe tener frente a vía pública o servidumbre de tránsito.
  • Ningún lote puede resultar con área menor a la establecida en el POT.
  • En suelo urbano no se puede subdividir si no hay disponibilidad de servicios en cada lote resultante.

Requisitos principales

  • Formulario único nacional de solicitud.
  • Certificado de tradición y libertad del predio.
  • Plano de subdivisión con cuadro de áreas y linderos de cada lote resultante.
  • Certificado de disponibilidad de servicios públicos (subdivisión urbana).

Tiempos de respuesta

15 días hábiles para subdivisión simple. 45 días hábiles cuando implique urbanización simultánea.

Base legal

  • Ley 388 de 1997 — Art. 99
  • Decreto 1077 de 2015 — Art. 2.2.6.1.1.3