El Curador Urbano
La Curaduría Urbana es una institución de carácter privado que ejerce función pública delegada por el Estado, encargada del estudio, trámite y expedición de licencias de urbanismo y construcción en el municipio, conforme al Art. 101 de la Ley 388 de 1997 y el Decreto 1077 de 2015.
A través de las secciones de este capítulo puede conocer la misión, el equipo de trabajo, el proceso de nombramiento y la vigencia del Curador Urbano que actualmente ejerce la función en el municipio.
Metas, objetivos e indicadores de gestión
En cumplimiento del artículo 9 literal d) de la Ley 1712 de 2014, el despacho publica sus metas y objetivos y sus indicadores de gestión:
| Indicador | Meta | Resultado |
|---|---|---|
| Tiempo promedio de expedición (días hábiles) | ≤ 45 | [EJEMPLO — ACTUALIZAR] |
| % de trámites resueltos dentro del término legal | 100% | [EJEMPLO — ACTUALIZAR] |
| % de PQRSD respondidas en término | 100% | [EJEMPLO — ACTUALIZAR] |
Perfil del Curador — formación y experiencia
Conforme al artículo 2.1.1.2.1.5 del Decreto 1081 de 2015, se publica el perfil del titular del despacho: formación académica [EJEMPLO — ACTUALIZAR: título profesional y posgrados] y experiencia profesional [EJEMPLO — ACTUALIZAR: años de experiencia y cargos relevantes], junto con el cargo, el correo y el teléfono institucionales publicados en el directorio.